La SUNAT está rediseñando la forma en que las empresas peruanas llevan sus registros contables. El SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) y sus dos módulos principales —el RVIE (Registro de Ventas e Ingresos Electrónico) y el RCE (Registro de Compras Electrónico)— representan el cambio más significativo en obligaciones tributarias de los últimos años. En 2026, los Principales Contribuyentes (PRICOS) completan su incorporación al sistema. Si tu empresa aún no sabe qué implica este cambio, este artículo te lo explica sin tecnicismos.
¿Qué es el SIRE y por qué es un cambio de fondo?
Hasta hace poco, las empresas obligadas a llevar libros electrónicos enviaban sus registros de ventas y compras a través del PLE (Programa de Libros Electrónicos) o del sistema SLE-PLE: el contribuyente construía el archivo plano mes a mes, lo validaba y lo enviaba a la SUNAT. Era un proceso completamente manual y propenso a errores.
El SIRE invierte esa lógica. En lugar de que el contribuyente genere el registro desde cero, es la propia SUNAT quien propone automáticamente los registros de ventas (RVIE) y compras (RCE), usando como base los comprobantes electrónicos ya emitidos y recibidos por la empresa. El contribuyente entra al sistema, revisa la propuesta, la complementa si hay operaciones no capturadas (como compras de proveedores no electrónicos), y la valida. El sistema también genera automáticamente una propuesta de las casillas de ventas y compras para la declaración mensual del IGV.
En términos simples: el SIRE reemplaza solo el RVIE y el RCE dentro del PLE. El resto de libros electrónicos (Libro Diario, Libro Mayor, etc.) sigue llevándose por el PLE o el sistema que corresponda. La R.S. N.° 000040-2022/SUNAT es la norma que creó el SIRE y definió su funcionamiento.
RVIE y RCE: qué reemplazan y cómo funcionan
RVIE — Registro de Ventas e Ingresos Electrónico
Reemplaza al antiguo Registro de Ventas e Ingresos dentro del PLE. La SUNAT toma los comprobantes de pago electrónicos que ya emitiste (facturas, boletas, notas de crédito y débito) y genera automáticamente una propuesta del registro mensual. Tú revisas, ajustas si es necesario (por ejemplo, para incluir operaciones no cubiertas por comprobantes electrónicos) y cierras el registro dentro del plazo.
RCE — Registro de Compras Electrónico
Reemplaza al Registro de Compras dentro del PLE. Opera con la misma lógica: la SUNAT propone el registro basándose en los comprobantes electrónicos de tus proveedores. Aquí el reto es mayor, porque no todos los proveedores emiten electrónicamente; las compras con comprobantes físicos deben añadirse manualmente. Además, es en el RCE donde se sustenta el uso del crédito fiscal del IGV, por lo que los errores tienen consecuencia directa en tu liquidez tributaria.
| Característica | PLE / SLE-PLE (antes) | SIRE — RVIE y RCE (ahora) |
|---|---|---|
| ¿Quién genera el registro? | El contribuyente construye el archivo desde cero | La SUNAT propone el registro automáticamente |
| Fuente de datos | El contribuyente ingresa o exporta los datos | Comprobantes electrónicos ya registrados en SUNAT |
| Formato de envío | Archivo plano (.txt) generado y enviado por el contribuyente | Validación en línea dentro del portal SIRE |
| Propuesta de declaración IGV | No disponible automáticamente | El SIRE genera la propuesta de casillas para el PDT mensual |
| Correcciones posteriores | Requería reenviar el archivo corregido | Ajustes directamente en el módulo RVIE o RCE |
¿A quién obliga el SIRE y desde cuándo?
La incorporación al SIRE ha seguido un cronograma progresivo. De acuerdo con la información oficial de la SUNAT y diversas fuentes especializadas en tributación peruana:
- Desde enero 2025: Los contribuyentes del Régimen General (REG) que estaban obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras —y que no fueran Principales Contribuyentes— quedaron incorporados al SIRE.
- Desde enero 2026: Los Principales Contribuyentes (PRICOS) designados al 31 de diciembre de 2024 con ingresos netos del ejercicio 2024 de hasta 2,300 UIT deben llevar el RVIE y el RCE mediante el SIRE.
- Desde junio 2026: Los PRICOS designados al 31 de diciembre de 2024 con ingresos netos del ejercicio 2024 mayores a 2,300 UIT deben usar el SIRE. Este grupo fue postergado respecto al plazo original, según la R.S. N.° 000392-2025/SUNAT (publicada el 31 de diciembre de 2025) y la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000005-2026-SUNAT/700000 (enero 2026).
Si adquieres la obligación de llevar el Registro de Ventas y el de Compras con posterioridad a agosto de cualquier año, de acuerdo con las disposiciones del SIRE, por lo general debes incorporarte en los meses siguientes según el cronograma que fija la SUNAT en cada caso.
Facultad discrecional y período de gracia (primer semestre 2026)
La SUNAT reconoció que la transición requería tiempo. Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000005-2026-SUNAT/700000 (publicada en enero de 2026), extendió la facultad discrecional de no sancionar determinadas infracciones relacionadas con el SIRE para los primeros meses de obligatoriedad. Esto significa que los contribuyentes que no generaron o corrigieron a tiempo sus registros en el SIRE durante los meses de enero a mayo de 2026 no serían sancionados, siempre que regularizaran su situación dentro del plazo establecido.
Esta gracia no elimina la infracción ni la obligación: solo suspende la sanción por el período transitorio. A partir de junio de 2026, las sanciones por incumplimiento aplican plenamente.
¿Qué pasa si no cumples?
No llevar los registros electrónicos en la forma exigida por la SUNAT o llevarlos con atraso constituye una infracción tipificada en el artículo 175° del Código Tributario. Las consecuencias concretas varían según la tabla de infracciones que corresponda a cada tipo de contribuyente, pero en términos generales las sanciones incluyen:
- Multas calculadas como porcentaje de la UIT o de los ingresos netos, según la infracción específica y el régimen tributario del contribuyente. La UIT para 2026 es de S/ 5,350 (dato confirmado por el MEF y la SUNAT para el ejercicio 2026).
- Cierre temporal del establecimiento en casos reincidentes o de mayor gravedad.
- Dificultades para sustentar el crédito fiscal del IGV: si el RCE no está en regla, la SUNAT puede cuestionar la validez del crédito, lo que impacta directamente en el flujo de caja.
Cómo prepararte: cuatro pasos concretos
Verifica tu obligación y fecha de inicio
Consulta con tu contador si tu empresa ya está incorporada al SIRE o cuándo debe estarlo. Si eres PRICO, revisa tu nivel de ingresos netos de 2024 para saber si tu fecha de inicio es enero o junio de 2026. Si eres del REG y ya estabas obligado a llevar registros electrónicos, ya deberías estar en el SIRE desde enero de 2025.
Asegúrate de que tu sistema de facturación sea compatible
El SIRE funciona a través del portal SOL, el aplicativo cliente SIRE o la API REST de SUNAT. Si usas un ERP o sistema de facturación electrónica, verifica que tenga integración con el API del SIRE para exportar o enviar directamente la información del RCE y el RVIE. La SUNAT publica las especificaciones técnicas del Web Service en su portal de Comprobantes de Pago Electrónicos.
Concilia tus comprobantes antes del cierre mensual
El mayor punto de error en el RCE son las compras con proveedores no electrónicos. Establece un proceso mensual de revisión: compara la propuesta del SIRE con tus registros internos, añade las compras que no aparecen en la propuesta y valida que los montos de crédito fiscal sean correctos antes de cerrar el período.
Capacita a tu equipo contable y de facturación
El cambio de PLE/SLE a SIRE implica un flujo de trabajo distinto. El equipo debe saber acceder al módulo correcto, interpretar la propuesta de SUNAT, añadir ajustes y cerrar el registro en plazo. La SUNAT dispone de manuales y videos tutoriales en su portal oficial (cpe.sunat.gob.pe y orientacion.sunat.gob.pe).
Por qué un sistema integrado simplifica todo esto
El SIRE asume que tu empresa emite y recibe comprobantes electrónicos de forma ordenada y completa. Cuando eso ocurre, la propuesta automática de SUNAT es casi exacta y el proceso de validación toma minutos. Pero cuando hay inconsistencias —facturas físicas no registradas, notas de crédito mal asignadas, operaciones en regímenes especiales— la conciliación manual puede volverse un proceso largo y propenso a errores.
Un sistema de gestión o ERP integrado con la API del SIRE resuelve esto de forma estructural: registra automáticamente cada comprobante en tiempo real, clasifica las operaciones según los campos requeridos por el RVIE y el RCE, y permite exportar o enviar la información directamente al módulo de SUNAT al cierre de cada período. El resultado: menos tiempo dedicado a conciliaciones manuales, menor riesgo de error y cumplimiento tributario sin carreras de último minuto.
Esto es especialmente relevante para empresas que operan con volúmenes altos de facturas, múltiples sedes o proveedores mixtos (electrónicos y físicos). En esos escenarios, la gestión manual del SIRE a través del portal SOL deja de ser viable.
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Conversemos tu proyecto →Conclusión
El SIRE no es un cambio cosmético: rediseña la relación entre la empresa y la SUNAT en materia de registros contables. En lugar de que el contribuyente construya el registro, la administración tributaria lo propone y el contribuyente valida. Eso reduce el margen de error, pero también exige que los sistemas internos estén alineados: si tus comprobantes electrónicos no son coherentes con tu contabilidad real, las diferencias se vuelven visibles de inmediato en el módulo RVIE o RCE.
Para los PRICOS que se incorporan en 2026, el período de gracia de los primeros meses no debe interpretarse como un argumento para postergar la preparación. La fecha límite ya llegó: conocer la norma, verificar la compatibilidad de tus sistemas y establecer un proceso de conciliación mensual son los tres pasos que separan el cumplimiento ordenado de una multa o —peor— de un crédito fiscal cuestionado.